Contrato de Adhesión y Régimen de Prestación Independiente
Vigente para el Departamento del Beni, Bolivia. Versión 1.0
1. Naturaleza Jurídica y Autonomía Laboral
De conformidad con el Código Civil del Estado Plurinacional de Bolivia, el presente contrato regula la relación entre ALPHA Servicios (la plataforma) y el profesional o técnico independiente. Las partes declaran que entre ellas no existe relación laboral, dependencia obrero-patronal, subordinación ni exclusividad, quedando excluida la aplicación de la Ley General del Trabajo.
2. Mecanismo de Verificación de Identidad (KYC)
Con el fin de salvaguardar la seguridad de los hogares en el Departamento del Beni (Trinidad, Riberalta y demás municipios), todo profesional que se registre en la plataforma debe presentar obligatoriamente:
- Cédula de Identidad boliviana vigente (anverso y reverso).
- Factura de energía eléctrica (ENDE DELBENI) o agua potable a su nombre o que acredite fehacientemente su domicilio real.
- Certificado de Antecedentes Policiales expedido por la FELCC, REJAP o FELCV.
3. Despacho y Protocolo de Suplencia
Las solicitudes generadas por clientes se difunden entre los técnicos disponibles del rubro y localidad. La plataforma asigna un Técnico Titular y un Técnico Suplente. El Titular cuenta con una ventana máxima de 15 minutos para confirmar el inicio de su traslado. Si no confirma o reporta cancelación, el sistema reasigna automáticamente el servicio al Suplente para evitar perjuicios al usuario.
4. Régimen Disciplinario, Penalizaciones y Bajas
El técnico que acepte un servicio y no asista (no-show), o cancele de forma tardía e injustificada, será pasible de:
- Suspensión temporal del padrón de despacho (de 3 a 15 días calendario).
- Multa económica compensatoria a ser deducida de futuras liquidaciones.
- Baja definitiva e irrevocable de la plataforma en casos de faltas graves a la ética o seguridad.
5. Validez de la Firma Electrónica
La aceptación electrónica de los términos durante el proceso de Onboarding, junto con el registro de la dirección IP, sello de tiempo (timestamp) y datos del dispositivo móvil del técnico, constituyen prueba plena del consentimiento conforme a las leyes del Estado Plurinacional de Bolivia.